La Superintendencia de la Economía Solidaria, en
su carácter de autoridad técnica de supervisión desarrollará su gestión con
los siguientes objetivos según el artículo 35 de la ley 454 del 4 de Agosto
de 1998:
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• Ejercer el control,
inspección y vigilancia sobre las entidades que cobijan su acción para
asegura el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias y de
las normas contenidas en sus propios estatutos.
• Proteger los intereses de los
asociados de las organizaciones de economía solidaria, de los terceros y de
la comunidad en general.
• Velar por la preservación de
la naturaleza jurídica de las entidades sometidas a su supervisión, para
hacer prevalecer sus valores, principios y características esenciales.
• Vigilar la correcta
aplicación de los recursos de estas entidades, así como la debida utilización
de las ventajas normativas a ellas otorgadas.
• Supervisar el cumplimiento
del propósito socio-económico no lucrativo que ha de guiar la organización y
funcionamiento de las entidades vigiladas.
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domingo, 22 de abril de 2012
OBJETIVOS DE LA SUPERSOLIDARIA
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